Comunicación: 2.3. La desprotección del paisaje

Para construir un centro de interpretación en 2.000 m2, desprotegen 7 millones.

El término municipal de Valencina de la Concepción cuenta por fortuna con un extenso territorio digno de resaltar por sus cualidades paisajísticas, pues comparte junto con las localidades vecinas la conocida como Cornisa Norte del Aljarafe; un territorio que diversas normativas de distinto rango y naturaleza han venido a proteger para mantener sus cualidades visuales por el gran impacto que supone la elevación sobre la campiña circundante. En unos planes se recoge como Paisaje Sobresaliente, en otros como Escarpe y Forma Singular del Relieve o Paisaje Protegido. Varios nombres que vienen a hacer referencia al mismo ámbito y del que no sólo sus características formales lo hacen merecedor de tal distinción, pues la propia orografía y la dinámica erosiva hacen que la zona sea propicia para manifestar condiciones de riesgo para el mantenimiento del terreno y las actividades que sobre él se desarrollan.

Este extenso territorio, que en Valencina supera los 7 millones de metros cuadrados, rodea el casco urbano de este a oeste por el norte. Expresamos la medida en metros intencionadamente y no en hectáreas, por resultar más fácil de reconocer la escala y luego comparar con lo que más adelante expondremos.

Pues bien, en este paisaje protegido, el Ayuntamiento de Valencina contaba desde varios años atrás con una parcela pública. En agosto de 2008 y con el fin de establecer un centro de interpretación arqueológica, se aprueba un protocolo de intenciones que incluía la permuta de esa parcela citada, de 4.000 m2, por otra similar situada justo al lado, limítrofe con la delimitación del paisaje protegido por las Normas Subsidiarias de 1987 y a escasos 500 metros del Dolmen de La Pastora. Concretamente, la mitad de la nueva parcela se incluye dentro de la zonificación normativa, que prohíbe taxativamente cualquier tipo de construcción permanente, tala de arbolado o movimiento de tierras.

El protocolo de intenciones firmado con la propiedad del suelo contemplaba además, en su cláusula segunda, el compromiso firme del Ayuntamiento de Valencina para desarrollar una modificación puntual del planeamiento municipal, para convertir la zona colindante con el centro de interpretación en suelo urbanizable sectorizado de uso terciario. De cumplir estas pretensiones, el casco urbano avanzaría hasta el límite del suelo no urbanizable donde está enclavado el Dolmen de La Pastora.

Nuestra sorpresa fue máxima cuando durante todo este procedimiento -que no contó con la participación ciudadana en decisiones de calado, tales como elección de la parcela o el modelo de gestión del yacimiento arqueológico- se concluye inesperadamente que es necesario aprobar una modificación puntual de planeamiento para cambiar el artículo 125 de la normativa urbanística, que regula la protección del paisaje, permitiendo entonces la construcción de equipamientos públicos con una serie de condicionantes para la forma de los posibles edificios. En resumidas cuentas, el interés por construir el centro de interpretación en 2.000 m2 de zona protegida fue motivo suficiente para que el Ayuntamiento promoviera la flexibilización de la protección de más de 7 millones de m2.

Nos enteramos por los boletines oficiales que el proceso para modificar la normativa y consumar el cambio de protección estaba en marcha desde principios de septiembre de 2009 y que corría el plazo para cerrar la información pública, avanzando con ello en la aprobación del texto. Muchos de nosotros no conocíamos de antemano la normativa, ni solíamos consultar los boletines, ni mucho menos preparar alegaciones. Pero eso no importó para que en el escaso mes de la información pública se pudieran preparar tanto alegaciones colectivas como individuales, donde explicábamos a nuestro modo de ver la errática trayectoria que estaba llevando el Ayuntamiento en ese asunto; pero a la vez proponiendo soluciones alternativas que permitieran continuar con el proyecto de centro de interpretación sin poner en riesgo todo el paisaje protegido. Ninguna de las alegaciones fue admitida en ninguno de sus puntos. Todas fueron rechazadas y el documento pasó la aprobación provisional en el pleno municipal.

Visto que el proceso continuaba imparable, y para manifestarnos a favor del mantenimiento de la protección paisajística, y por ende, del yacimiento prehistórico de Valencina-Guzmán, las asociaciones de defensa del patrimonio y del territorio de la zona se reunieron bajo la denominación de Mesa Ciudadana en Defensa del Paisaje Protegido y el Yacimiento de Valencina-Guzmán. El objetivo primordial era que las administraciones detuvieran la desprotección del paisaje de Valencina.

En poco menos de dos meses nos reunimos en varias ocasiones con el equipo de gobierno y los técnicos municipales a fin de entablar un diálogo constructivo del que saliera una propuesta alternativa. Las reuniones no fueron en vano, pues de ellas salió un compromiso del Alcalde de revocar la desprotección del paisaje en los términos en que estaba aprobada y elevar al pleno la reformulación de la modificación puntual del planeamiento .

La nueva propuesta introducía una salvedad en la normativa para permitir la construcción del centro de interpretación exclusivamente en la parcela donde estaba planificado, sin mayor afección al resto del paisaje, que mantenía entonces sus condiciones iniciales de protección.

A modo de balance, expresamos el interés porque en futuros procesos y a fin de evitar situaciones como las acaecidas, se tengan en cuenta desde el comienzo una serie de principios básicos que permitan lograr el consenso dentro de un marco transparente de reflexión, debate y seguimiento de los proyectos planteados.

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